Las deudas en Chile se pueden dividir en aquellas que prescriben y aquellas que no. Los conceptos que no prescriben son aquellos relacionados con el impuesto al valor agregado (IVA), obligaciones tributarias, intereses por mora por no pago de salarios o pensiones, entre otros.
Deudas Tributarias
Las deudas tributarias son las deudas relacionadas con el pago de impuestos como el IVA, los impuestos a la renta, los impuestos internos, entre otros. Estas deudas no prescriben, lo que significa que los contribuyentes deben abonarlas aunque haya pasado bastante tiempo desde que se dejaron de pagar. Además, si estas deudas no se abonan, el contribuyente no podrá reclamar los créditos correspondientes hasta que la deuda sea abonada por completo.
Obligaciones contractuales
Las obligaciones contractuales son contratos entre distintas partes, como un préstamo o hipoteca, un impuesto inmobiliario o el alquiler. Estas deudas no prescriben, lo que significa que el acreedor aún tiene derecho a cobrar la cantidad adeudada, aunque haya pasado mucho tiempo desde que se generó la deuda.
Otras deudas que no prescriben
Además de las deudas tributarias y de obligaciones contractuales, hay otras deudas que no prescriben en Chile, como por ejemplo:
- Intereses por mora: los intereses por mora generados por el incumplimiento del pago de salarios o pensiones no prescriben.
- Pago de indemnizaciones: el pago de indemnizaciones por enfermedad, accidentes de trabajo, accidentes de tránsito, entre otros, no prescriben.
- Conductas anticonstitucionales: el pago de multas impuestas por la Comisión de Ética y Probidad Pública por conductas anticonstitucionales no prescriben.
Es importante destacar que el Gobierno de Chile tiene la facultad de modificar la prescripción de distintas deudas, por lo que es recomendable tenerse actualizado en relación a este tema.